
La Mediación ha de ser ser:
- Voluntaria: Las partes en conflictos han de acudir de modo voluntario a la Mediación, no puede ser impuesta en ningún caso, aunque si recomendada. Las partes no están obligadas a continuar el procedimiento de mediación, ya que en cualquier momento pueden desistir de ella.
- Confidencial: Se garantiza a las partes que las declaraciones, propuestas y conversaciones mantenidas durante la Mediación no serán desveladas por el mediador, no se trasladarán fuera de su propio ámbito. De esta manera sirve para fomentar la franqueza en el procedimiento, basada en el clima de confianza que el mediador establece con las partes.
- Flexible: la Mediación es un proceso estructurado en fases y con una duración prevista en las leyes, pero es flexible en cuanto a otros aspectos, ya que las partes acuerdan: su inicio, número y calendarización de las sesiones, duración de las mismas, elección del mediador, etc. No está sujeta a plazos propios de un proceso judicial, sino que las partes pueden establecer sus propios "tiempos".
- Protagonismo de las partes: ellas son las que han de buscar SUS propias soluciones de manera satisfactoria para ambas, de manera cooperativa, han de lograr sus propios acuerdos, guiados por el mediador. No se hace uso de un lenguaje técnico - jurídico, sino que las partes hablan por sí mismas, y en su lenguaje, de los asuntos que consideren y decidan tratar en la Mediación.
EL Mediador ha de ser:
- Profesional: persona con una formación especializada en Mediación y Resolución de Conflictos, y con la titulación requerida por Ley para ejercerla.
- Imparcial: el mediador no ha de tomar partido por ninguna de las partes en conflicto, ha de tener un trato igualitario para ambas.
- Neutral: el mediador ha de mantenerse al margen del asunto, no puede implicarse en el conflicto, no ha de opinar ni enjuiciar. Las decisiones que las partes acuerden son suyas. El mediador ha de velar por el interés del menor y de la persona dependiente.
- Imparcial: el mediador no ha de tomar partido por ninguna de las partes en conflicto, ha de tener un trato igualitario para ambas.
- Neutral: el mediador ha de mantenerse al margen del asunto, no puede implicarse en el conflicto, no ha de opinar ni enjuiciar. Las decisiones que las partes acuerden son suyas. El mediador ha de velar por el interés del menor y de la persona dependiente.
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